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Modelo de resolución de actuación administrativa automatizada (art. 41 Ley 40/2015)

En resumen: antes de que un sistema dicte actos sin intervención directa de un empleado público, el art. 41 de la Ley 40/2015 exige fijar quién define, programa, mantiene, supervisa y audita el sistema, y quién responde a efectos de impugnación. Este modelo recoge esos contenidos y añade las garantías de protección de datos y del AI Act. Es orientativo: debe adaptarse a cada organismo y procedimiento.

Modelo

[DECRETO / RESOLUCIÓN] n.º [___] de [órgano: Alcaldía / Presidencia / Dirección], de [fecha], por el que se aprueba la actuación administrativa automatizada en el procedimiento de [denominación del procedimiento]. ANTECEDENTES Primero. El [Ayuntamiento / organismo] tramita el procedimiento de [denominación], en el que se dictan [tipo de actos: certificados, liquidaciones, notificaciones, etc.]. Segundo. Se ha desarrollado / adquirido el sistema de información [nombre del sistema y versión], que permite dictar dichos actos sin intervención directa de un empleado público, conforme a las especificaciones que se aprueban en este acto. Tercero. [En su caso: el sistema incorpora técnicas de inteligencia artificial consistentes en ___.] FUNDAMENTOS DE DERECHO I. El artículo 41 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, define la actuación administrativa automatizada y exige que se establezca previamente el órgano u órganos competentes para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente, así como el órgano responsable a efectos de impugnación. II. El artículo 42 de la misma ley regula los sistemas de firma para la actuación administrativa automatizada (sello electrónico de órgano y código seguro de verificación). III. El artículo 22 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, en materia de decisiones individuales automatizadas y protección de datos. IV. [En su caso] El Reglamento (UE) 2024/1689 de Inteligencia Artificial, en particular sus obligaciones de transparencia (art. 50) y, si el sistema fuera de alto riesgo, las previstas para los responsables del despliegue. V. La competencia corresponde a [órgano], de conformidad con [precepto: p. ej., art. 21.1 de la Ley 7/1985 / norma de organización]. RESUELVO Primero. Objeto. Aprobar la actuación administrativa automatizada consistente en [descripción precisa de los actos y de los supuestos en que se dictarán automáticamente], mediante el sistema [nombre y versión]. Segundo. Especificaciones, programación y mantenimiento. Corresponde a [órgano / unidad] la definición de las especificaciones funcionales y la programación, mantenimiento y actualización del sistema. Las especificaciones aprobadas figuran como anexo. Tercero. Supervisión y control de calidad. Corresponde a [órgano / unidad] la supervisión del funcionamiento del sistema y el control de calidad de sus resultados, con revisiones al menos [periodicidad]. Cuarto. Auditoría. Corresponde a [órgano / unidad] la auditoría del sistema de información y, en su caso, de su código fuente, que se realizará [periodicidad / supuestos]. Quinto. Responsable a efectos de impugnación. Los actos dictados se entenderán dictados por [órgano], ante el que podrán interponerse los recursos que procedan. Sexto. Firma. Los actos se firmarán mediante [sello electrónico de órgano / código seguro de verificación] conforme al artículo 42 de la Ley 40/2015. Séptimo. Garantías para las personas interesadas. Se informará en cada acto de que ha sido dictado de forma automatizada, del órgano responsable y de los recursos procedentes. Las personas interesadas podrán solicitar la revisión por un empleado público. Octavo. Protección de datos. [Indicar la base jurídica del tratamiento y, en su caso, la evaluación de impacto realizada.] Noveno. [En su caso] Inteligencia artificial. El sistema consta en el inventario de sistemas de IA del organismo, con la clasificación de riesgo [___], y se aplicarán las obligaciones de transparencia del Reglamento (UE) 2024/1689. Décimo. Publicidad. Esta resolución se publicará en la sede electrónica y en el portal de transparencia de [organismo]. Undécimo. Eficacia. Esta resolución producirá efectos desde [fecha / su publicación]. ANEXO. Especificaciones funcionales del sistema [descripción de las reglas aplicadas, datos de entrada, resultados posibles y supuestos excluidos de la automatización].

Puntos que no conviene olvidar

¿Quiere que adaptemos el modelo a su procedimiento?

Redacción de la resolución, especificaciones y auditoría jurídica del sistema. Ver el catálogo para ayuntamientos.

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